¿Qué dice la ley?
La ciudad de Bogotá cuenta con una normativa que restringe el paseo de ciertos animales en la vía pública. Según el Decreto 174 de 2006, está prohibido andar con animales en la calle durante ciertas fechas y horas.
Días restringidos
- Lunes festivos
- 15 de enero
- 1 de mayo
- 7 de agosto
- 8 de diciembre
- 25 de diciembre
Horarios restringidos
En cuanto a los horarios, no se permite el ingreso de los animales desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 a.m. y desde las 4:00 p.m. hasta las 7:00 p.m.
¿Por qué se restringe la circulación de animales?
La normativa busca prevenir el maltrato de los animales y evitar accidentes en la vía pública. En ocasiones, los dueños de los animales no los pueden controlar y pueden causar daños a terceros como peatones y conductores.
¿Qué pasa si incumplo la norma?
Quienes incumplen esta norma pueden ser sancionados con multas económicas y en algunos casos, se puede retener el animal hasta que se pague la multa correspondiente.
Conclusiones
Es importante tener en cuenta esta normativa para garantizar la seguridad de los animales y de los ciudadanos. Los dueños de los animales deben estar al tanto de las fechas y horarios restringidos para su circulación en la calle.